Gobierno del Bien Común: lo que se busca
en este modelo es, por un lado, mayor participación, para descubrir
entre todos/as aquello que se puede considerar bien
común, junto con una
nueva gestión de los bienes comunes y relacionales –la propia
Asamblea ciudadana, junto con el “control” de los Presupuestos–.
La idea es dar respuesta a todos aquellos movimientos que han surgido
entre 2011 a 2013 –aunque Christian Felber recoge demandas de
movimientos altermundistas y la tendencia de la agrupación de
economistas Attac1,
anterior a estos movimientos– que tienen una “aspiración
a resignificar la democracia y avanzar hacia nuevas formas de lo
común”2.
Para resumirlo, en este modelo se
habla del municipio como un conjunto: población, bienes y
representantes políticos. En la gestión diaria, se debe contar con
la opinión de todos/as los/as que vivan en el municipio del que se
trate, e intentar llegar a un acuerdo entre política y sociedad
sobre los objetivos y los medios para conseguirlo. De ahí que exista
el Balance aplicado a
municipios –una
modificación del Balance dedicado a empresas– que recoja todos o
muchos de los puntos de la vida en común: la participación en
política, la gestión compartida de los bienes municipales, el
tratamiento a los/as trabajadores/as municipales –igualdad de
trato, escucha de las demandas, etc.–, el pago y trato a
proveedores, la elección de los mismos por criterios sociales y/o
ecológicos – especialmente fomento de los negocios locales–,
etc.3
Aunque no se diga directamente, está implícito la recuperación de
los bienes comunales y/o la consideración como tales de los
servicios municipales. Una demanda común con las reivindicaciones de
los movimientos y protestas globales, que, en general, tienen una
“(...) aspiración a
una reapropiación del espacio urbano, una reivindicación del
derecho a la ciudad, y una denuncia de la degradación de la calidad
de vida y de la preponderancia de los intereses privados por encima
de los comunes”4.
Y es aquí donde entran los
bienes relacionales y el hecho de incorporar la deliberación como
uno de ellos. Este concepto puede ayudar a fundamentar también
nuevos proyectos o nuevas formas de gestión compartida entre
Ayuntamientos y vecinos/as o sólo de estos segundos con una
legislación sobre su uso. Para el buen funcionamiento de las
comunidades humanas, es básico que haya una utilización óptima de
los recursos, no pensando exactamente en términos del comunitarismo
–aunque también–, sino buscando una buena gestión, compartida,
dialogada, de los recursos, en tiempos de sobreexplotación y
limitación de los mismos.
Esta teoría considera que
la participación en el municipio es importante, al igual que lo es
también en la empresa, dado que ésta es uno de los principios y
objetivos de la Economía del Bien Común –la EBC, o teoría que
reúne los Municipios y las Empresas del Bien Común–, junto con la
Transparencia, la Dignidad humana, la Solidaridad, la Sostenibilidad
ecológica y la Justicia Social5,
valores que podrían ser un mínimo común sin mucha discusión al
respecto. La no inclusión de las personas que forman parte de una
empresa, municipio o agrupación determinada es, también, un
criterio negativo que resta puntos a la puntuación del Bien Común,
hecho que otros sistemas de puntuación, como el de la
Responsabilidad Social, no incorporan como elemento que resta, quiero
decir6.
También, porque tiene en cuenta la confianza como un elemento
vertebrador del sistema tanto político como económico, más allá
que otros indicadores, como el crecimiento económico, el nivel de
pobreza, etc. Y también la felicidad. Por ello, la idea es que la
participación llegue al máximo de ámbitos posibles, para que el
ideal de bien común esté más cerca que si no existe una serie de
preguntas sobre lo que se considera el objetivo compartido.
Lo cierto es que la deliberación
no es el centro de esta teoría, pero sirve para alcanzar la meta, el
Bien Común, formado por los valores que ya se han indicado como
objetivos en los Balances. Pero, siguiendo con la idea de Habermas,
el poder político no puede saber por sí mismo qué tipo de demandas
existen, con lo que tendría que preguntar o escuchar a su
ciudadanía7, representada por agrupaciones diversas o de manera individual. Teniendo claro el objetivo, después se puede discutir sobre los
medios para alcanzarlo: Balances, Índices del Bien Común, Asambleas
Democráticas, ayudas económicas a aquellas organizaciones que
tengan mejor puntuación en los Balances, la incorporación de estos
en las etiquetas para facilitar su compra por los/as consumidores/as,
etc. Y, entre estos medios también está la educación,
que tendría que estar más centrada en el autoconocimiento,
autoestima y las habilidades de expresión de sentimientos y
opiniones. Para resumir: educación emocional, ética,
comunicacional, para la democracia, contacto con la naturaleza y
conocimiento del cuerpo8.
Lo que se presenta es un cambio
en la manera de entender la vida en común, hecho que lo une a ciertos autores comunitaristas, aunque añadiendo el aspecto
económico de no competencia sino colaboración entre empresas,
municipios, personas... Esto lleva a la segunda teoría, de Stefano
Zamagni, sobre la responsabilidad civil de la empresa.
Responsabilidad Civil de la
Empresa y el cambio de paradigma:
esta teoría tiene en cuenta a la empresa como un elemento más
dentro de la sociedad. Las empresas pueden modificar la manera en que
se pueden relacionar con las otras y con la propia sociedad,
consiguiendo una modificación de los valores que imperan en estas
relaciones y, así, llegar a cambiar de forma más amplia los valores
que rigen las interacciones entre la sociedad y la economía. No es
suficiente que las empresas busquen la responsabilidad social, sino
también la civil, como un elemento que va más allá en la conexión
entre empresa y su entorno, especialmente social. Esto no significa
que se haya de olvidar los aspectos recogidos en la RSE
–Responsabilidad Social–, sino que hay que ir un paso más
adelante.
Esta actitud de la empresa es
civil dado que es “civilizadora
del mercado, por ser propia de la ciudad en su conjunto y porque la
sociedad civil es su clave última”9.
Tiene en común con la EBC, por lo tanto, el comportamiento
relacional de los actores económicos, con las empresas en su centro.
Si existe este tipo de bienes, que todos necesitamos y utilizamos, es
necesario un papel central de la reciprocidad en la actividad de las
Administraciones Públicas y de la propia sociedad civil –incorpora
también el mercado como “civil”–. Es más, realizando una
actuación conjunta entre estos dos ámbitos, se llegará lejos, dado
que la colaboración entre estos –el linking–
consigue realizar actuaciones que, por ellos/as solos no se
conseguirían10.
Independientemente de esto, en muchos casos este tipo de diálogos no
llegan a suceder, o permanecen en un estado inicial, sin alcanzar un
objetivo claro.
Por ello, la deliberación es
central: sin la misma no disponemos de mecanismos –dentro del
sistema representativo– para defender las instituciones económicas
de las que dependemos11.
Y, si finalmente elegimos la deliberación, con ella tendrían que
venir otros cambios institucionales, por ejemplo, la cooperación
entre todos los sectores sociales y una administración y sociedad de
tipo red, no jerarquizada12.
Junto con estos cambios, además de toda una serie de habilidades de
diálogo ya indicadas, vendría una modificación en la idea de las
funciones del mercado, incorporando los bienes gratuitos –entre
ellos los relacionales– y dando una mayor importancia al capital
social. Este capital consigue que se amplíe la confianza, tanto
entre personas que se conocen –bonding–,
como entre grupos diversos –bridging–,
creando de esta manera desarrollo económico13
bien entendido. Un desarrollo que va más allá de una mejora de las
cifras macroeconómicas. Va enlazado con la idea de felicidad,
que une la dimensión adquisitiva –compras y ventas– y la
expresiva –relacionada con la identidad, conectada con el
reconocimiento de otros/as–14.
No podemos vivir fuera de la sociedad, por ello, tendríamos que
estar más centrados en aquello que nos une, para intentar mejorarlo
en la medida de lo posible. De ahí la responsabilidad civil de la
empresa, con la necesidad de centrarse en conexiones éticas y con
una Economía con objetivos de satisfacción de necesidades, y no
sólo económicas.
En resumen, ambas teorías
afirman que la deliberación no impide el buen desarrollo económico,
ni mucho menos la dificultad o el alargamiento de las decisiones
políticas. Al mismo tiempo, establecen los bienes comunes y
relacionales como una nueva base sobre la que construir la
convivencia de los grupos sociales. Apelan, también, al carácter
social de las personas, insistiendo en que exista la posibilidad de
expresar las opiniones y valoraciones dentro de un ámbito político
y/o económico, dado que en estas teorías la Economía está también
en el ámbito comunicativo, como una proveedora de bienes y valores a
la sociedad. Este nuevo espacio económico puede entender las
transacciones como relaciones de reciprocidad y entre iguales, otra
de las bases de un diálogo justo.
En este mismo momento, sonará como unas utopías, una detrás de otra, pero lo cierto es que la primera posición ya se está empezando a aplicar en algunos municipios de España. Respecto a Zamagni, aunque no comparta su trasfondo religioso, lo cierto es que es interesante ver a las empresas como algo más que simples transformadoras de bienes y que dan satisfacción a ciertas necesidades. Ambas son interesantes por los cambios que podemos observar en las relaciones humanas y también en las económicas, centradas normalmente en valores de racionalidad económica y de competición.
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1Página
web del colectivo en España: http://www.attac.es/
2MATEOS,
O., “¿Una red global de movimientos sociales? Una aproximación
al ciclo de protestas 2011-2013”, en Educación Social. Revista
de Intervención Socioeducativa, nº 55, 2013, p. 22.
3Para
ver el Balance, acudir aquí:
http://yosoytu.com/wp-content/uploads/2014/07/Matriz-EBC-municipios.pdf
o mirar en los anexos.
4MATEOS,
O., p. 28.
5FELBER,
C., La economía del bien común, Deusto, Barcelona, 2013, p.
53.
6Para
más información, está el trabajo comparativo entre RSE y EBC
realizado en el presente máster, disponible libremente en:
http://es.scribd.com/doc/203625576/La-Economia-del-Bien-Comun-en-perspectiva-etica-la-Asociacion-por-el-Bien-Comun-a-examen?in_collection=4415710
7HABERMAS,
J., Facticidad y validez, Trotta, Madrid, 1998, p. 448.
8FELBER,
C., La economía del bien común, Deusto, Barcelona, 2013,
pp. 154 y ss.
9CORTINA,
A., “Prólogo”, en ZAMAGNI, S., La economía del bien común,
Ciudad Nueva, Madrid, 2012.
10ZAMAGNI,
S., “El bien común en la sociedad posmoderna: propuestas para la
acción político-económica”, en Revista Cultura económica,
nº 70, dic 2007, pp. 23-43.
11Ibid.,
p.31.
12ZAMAGNI,
S., “El bien común en la sociedad posmoderna: propuestas para la
acción político-económica”, en Revista Cultura económica,
nº 70, dic 2007, p. 34.
13Ibid.,
p. 36
14
Ibid., “¿Es posible compaginar la
competitividad de la empresa con la felicidad?”, en XVI
Seminario Permanente de Ética Económica y
Empresarial (2006-2007), 16 de enero de 2007, pp. 64-74
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